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Gobernanza de la ONU: Alcances y limitaciones en la protección de los DD.HH.

  • Foto del escritor: Jimena Tantapoma
    Jimena Tantapoma
  • 25 jul 2024
  • 4 Min. de lectura



La protección de los derechos humanos (DDHH) es un pilar fundamental en la construcción de una sociedad justa y equitativa. En el escenario global, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se erige como la entidad principal encargada de salvaguardar estos derechos. Desde su creación, la ONU ha trabajado incansablemente para establecer y promover normas internacionales que protejan la dignidad y los derechos inherentes de todas las personas. Aunque la ONU se ha establecido como una organización fundamental en salvaguardar la integridad humana, presenta varias limitaciones. 

Para empezar, el Derecho Internacional inició con el reconocimiento del Estado como actor principal del Sistema Internacional, por lo que, en primera instancia, se exigía, únicamente el respeto a la soberanía de los Estados. No obstante, al día de hoy, se pueden observar sistemas internacionales de protección y jurisdicciones que reconocen la subjetividad internacional del individuo. De esta forma, el Derecho Internacional (DI) ha experimentado una notable transformación, marcada por un proceso de humanización. Esta evolución, como explica Carrillo, implica que, si bien el Estado sigue siendo el actor más importante y goza de soberanía para realizar actos con autonomía, debe reconocer la libertad del individuo y por ende, su personalidad como sujeto de derecho. Así, si bien Estados soberanos no pueden violar sus libertades ni realizar actos discriminatorios. 

Es en este contexto en el que la ONU jugó un papel fundamental. Fue justamente con la proclamación de la dignidad humana en la Carta de las Naciones Unidas que el Derecho Internacional reafirma que cada individuo es titular de derechos propios y no meramente un objeto del orden internacional. Este reconocimiento ha significado un paso fundamental en la protección de los derechos humanos a nivel global. Así, cualquier persona que se considere víctima de una violación de sus DDHH puede demandar a nivel internacional al Estado responsable, dando lugar al ius standi (derecho de petición). 

Este cambio significativo en el DI se refleja en los diversos mecanismos de protección de la ONU. La organización no solo reconoce la importancia del respeto a los derechos humanos a nivel internacional, sino que también proporciona herramientas y mecanismos para asegurar su cumplimiento. Por ello, los Estados, en materia de DDHH, tienen obligaciones hacia la comunidad internacional en su conjunto y deben buscar siempre el bien común.

En este sentido, la ONU actúa como garante formal de la protección de los derechos humanos y ha reconocido estos derechos a nivel mundial brindándoles un carácter general y universal. Además, ha sido un actor clave en la creación de pautas, normas y mecanismos dedicados a la protección de los derechos humanos al establecer un marco internacional que promueve la dignidad y la justicia.

Sin embargo, a pesar de este aporte significativo de la ONU en la consolidación de los derechos humanos a nivel internacional, esta enfrenta varias limitaciones que restringen su capacidad para proteger efectivamente los derechos humanos.

Una de las principales limitaciones es que, aunque se reconoce la subjetividad internacional del individuo, el sistema de protección de la ONU también reafirma la soberanía nacional. De este modo, la ONU primero respeta la soberanía de sus Estados miembros, lo que significa que no puede intervenir directamente en los asuntos internos de un país sin su consentimiento. Esto es coherente dentro del orden internacional, ya que los Estados conocen su contexto interno y actúan en base a ello, pero también limita la capacidad de la ONU para abordar las violaciones de derechos humanos en países que no están dispuestos a cooperar.

Lo anteriormente expuesto se relaciona con la falta de poder ejecutivo directo de la ONU para hacer cumplir sus disposiciones. Aunque la organización puede adoptar resoluciones y hacer recomendaciones, su implementación no es legalmente vinculante; es decir, depende de la voluntad y cooperación de los Estados miembros, lo que frecuentemente resulta en una falta de acción concreta o en la no retribución de los individuos violentados por los Estados. 

Por ejemplo, la ONU cuenta con un mecanismo extraconvencional denominado “Evaluación Periódica Universal”, conducido por los Estados del Consejo de Derechos Humanos, en el que todos los Estados miembros son evaluados en todas las materias que responden a los derechos humanos. Si bien esta es una herramienta fundamental para la evaluación de la calidad de aplicación de los Derechos Humanos a nivel mundial, el Estado examinado, al hacer uso de su soberanía, puede decidir no implementar las recomendaciones dadas. Es decir, aunque se identifiquen violaciones y se propongan soluciones, la implementación efectiva de las recomendaciones depende de la voluntad política del Estado en cuestión, lo que puede limitar el impacto real del mecanismo.

Asimismo, otra limitación significativa es el poder de veto en el Consejo de Seguridad. Los cinco miembros permanentes (Estados Unidos, Rusia, China, Francia y Reino Unido) tienen la capacidad de bloquear acciones decisivas en respuesta a violaciones graves de derechos humanos por razones políticas, lo que a menudo impide una respuesta efectiva y oportuna. Un ejemplo de esto es la guerra entre Rusia y Ucrania, donde el Consejo de Seguridad intentó condenar la invasión rusa. Sin embargo, debido al veto de Rusia, dichos intentos se vieron completamente obstaculizados, lo que demuestra cómo el poder de veto puede paralizar la capacidad de la ONU para actuar en situaciones críticas de derechos humanos. Esta situación evidencia una de las principales limitaciones estructurales de la ONU en la protección de los derechos humanos a nivel global. 

En conclusión, la ONU ha logrado avances significativos en la promoción y protección de los derechos humanos a nivel global al reconocer, a través de la Carta, la significancia de la dignidad humana. Sin embargo, la organización enfrenta limitaciones intrínsecas que restringen su capacidad de acción. De esta forma, es esencial continuar fortaleciendo los mecanismos internacionales y fomentar la cooperación de los Estados miembros para superar estos desafíos y asegurar una protección más efectiva de los derechos humanos en todo el mundo.
 
 
 

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Invitado
26 jul 2024
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Muy bien redactado

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