Junio en disputa: cuando la “familia” se usa para desplazar el Orgullo
- lespucp
- 30 jun
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Autora: Claudia Milagros Giron Sanchez - Estudiante de Ciencia Política de noveno ciclo de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

Junio es reconocido internacionalmente como el Mes del Orgullo LGBTIQ+, una fecha que recuerda la lucha histórica contra la discriminación, la violencia y la exclusión de las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans, queer y otras identidades diversas. Sin embargo, en Perú, la aprobación de la Ley N.° 32671, que declara junio como el “Mes de la Vida y la Familia”, abre una disputa simbólica y política sobre qué vidas y qué familias son reconocidas por el Estado. Esta columna sostiene que el problema no es la defensa de la familia, sino el uso de una noción restrictiva de ella para desplazar la visibilidad LGBTIQ+ en un contexto más amplio de retrocesos normativos, institucionales y sociales. A partir de fuentes públicas sobre discriminación, violencia, identidad de género, salud y reconocimiento familiar, se argumenta que esta denominación no puede leerse como un gesto neutral. Por el contrario, expresa una disputa por el calendario, el lenguaje público y el reconocimiento de derechos.
¿Qué significa declarar junio como el “Mes de la Vida y la Familia” en un país atravesado por el machismo, la homofobia y la transfobia, donde muchas personas LGBTIQ+ aún enfrentan barreras para vivir su identidad, sus afectos y sus vínculos familiares con reconocimiento y seguridad? La pregunta importa porque las fechas oficiales no son simples adornos del calendario. Nombran prioridades, producen sentidos y comunican qué causas merecen respaldo público. Desde las movilizaciones posteriores a Stonewall y la primera marcha del Orgullo realizada en Nueva York en 1970, junio se convirtió en un mes de memoria, denuncia y afirmación para las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersex, queer y otras identidades diversas (Library of Congress, s. f.). No se trata solo de celebrar; se trata de recordar que hubo y que aún existen vidas obligadas a esconderse para sobrevivir.

Por ello, la aprobación de la Ley N.° 32671, impulsada por la congresista Milagros Jáuregui de Aguayo, debe leerse como parte de una disputa política más amplia. La norma declara junio como el “Mes de la Vida y la Familia” y promueve actividades estatales en torno a esa denominación (Congreso de la República del Perú, 2026a; Congreso de la República del Perú, 2026b). El problema no es hablar de familia. El problema es hacerlo desde una noción restrictiva que, en el contexto peruano actual, desplaza la visibilidad del Orgullo y acompaña una agenda de retrocesos en el reconocimiento de derechos de la comunidad LGBTIQ+. Esta columna sostiene que la denominación de junio como mes de la familia no es neutral: funciona como marco simbólico de un proceso mayor de reducción de derechos, reconocimiento y visibilidad.
El primer punto a discutir es que la defensa de la familia suele presentarse como si fuera incompatible con el Orgullo. Esa oposición es falsa. Las personas LGBTIQ+ también forman familias, sostienen redes de cuidado, crían, acompañan, heredan afectos y construyen hogares. Existen familias diversas, elegidas, extensas, monoparentales, con parejas del mismo sexo y con vínculos que no responden al modelo tradicional, pero que igualmente cumplen funciones de cuidado y sostenimiento de la vida. En ese sentido, una democracia plural no debería promover una sola idea de familia como si fuera la única legítima. Si el Estado decide hablar de familia en junio, tendría que reconocer también a las familias LGBTIQ+ que existen, aunque muchas veces el derecho peruano todavía no las nombre.
El problema es que esta denominación aparece en un contexto donde la agenda legislativa reciente ha tendido a restringir, antes que ampliar, el reconocimiento de la diversidad. La Ley N.° 32535 reemplaza el enfoque de género por el enfoque de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, además de sustituir la Educación Sexual Integral por una educación sexual con base “científica, biológica y ética” (Congreso de la República del Perú, 2025). Este cambio no es solo terminológico. Como han advertido especialistas de la PUCP, el enfoque de igualdad de oportunidades resulta insuficiente para comprender desigualdades estructurales y excluye a la población LGBTIQ+ del análisis de las relaciones de poder, discriminación y violencia (PuntoEdu PUCP, 2025). Así, lo que parece una modificación técnica en realidad reduce herramientas estatales necesarias para prevenir violencia y discriminación.

Otro retroceso central es la falta de reconocimiento de la identidad de género. En el Perú no existe una ley de identidad de género que permita a las personas trans y queer modificar su nombre y sexo registral mediante un procedimiento administrativo, accesible y no revictimizante. El antecedente más relevante fue el Proyecto de Ley N.° 790/2016-CR, Ley de Identidad de Género, que buscaba regular el reconocimiento legal de la identidad de género (Congreso de la República del Perú, 2016). Naciones Unidas en Perú ha señalado que el reconocimiento legal de la identidad de género es esencial para la protección y realización de otros derechos, como el acceso al empleo, la educación, la salud, la familia y la participación política (Sistema de Naciones Unidas en el Perú, 2021). Por ello, la ausencia de esta norma no es un vacío formal: produce barreras concretas en la vida diaria de las personas trans y queer. A ello se suma la Ley N.° 32331, que restringe el uso de servicios sanitarios de uso público según el denominado “sexo biológico” (El Peruano, 2025). Aunque esta norma se presenta bajo el objetivo de proteger la indemnidad sexual de niñas, niños y adolescentes, su aplicación produce un efecto problemático: instala sospecha sobre identidades trans y queer limitando su acceso seguro a espacios públicos. Bajo una retórica de protección, se termina reforzando la exclusión. Este tipo de medidas no solo regula baños; también comunica quién puede habitar ciertos espacios con seguridad y quién queda bajo vigilancia.
La disputa por la familia también se expresa en la falta de reconocimiento de vínculos afectivos y patrimoniales entre personas del mismo sexo. El Perú todavía no reconoce el matrimonio igualitario, y las iniciativas vinculadas a unión civil o figuras patrimoniales alternativas han avanzado de manera limitada o parcial. En 2024, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos aprobó un dictamen que planteaba regular la unión civil, pero como una figura distinta al matrimonio (Congreso de la República del Perú, 2024). Este tipo de propuestas puede representar un avance frente a la ausencia absoluta de reconocimiento, pero también muestra el límite del debate: se habla de familia en abstracto mientras las familias LGBTIQ+ siguen sin pleno reconocimiento jurídico. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que los Estados deben garantizar los derechos derivados de los vínculos familiares entre parejas del mismo sexo, sin discriminación frente a parejas heterosexuales (Corte IDH, 2017). Además, los retrocesos no se limitan al terreno simbólico o familiar.
La violencia contra personas LGBTIQ+ continúa siendo una problemática regional y nacional
La Red Sin Violencia LGBTIQ+ documentó 361 homicidios de personas LGBTIQ+ en América Latina y el Caribe durante 2024, y advirtió que la falta de registros oficiales con variables de orientación sexual, identidad y expresión de género dificulta comprender la violencia y diseñar respuestas estatales adecuadas (Red Sin Violencia LGBTIQ+, 2025a). En el caso peruano, la propia red señala que existen pocos avances para incluir variables como la orientación sexual, identidad y expresión de género en registros administrativos oficiales, con implementación irregular y falta de registro consistente en fiscalías (Red Sin Violencia LGBTIQ+, 2025a). Así, el problema no termina en la violencia directa; continúa en una institucionalidad que no registra, no investiga y no previene de manera suficiente. El abandono estatal se vuelve aún más evidente en el caso de personas LGBTIQ+ que ejercen trabajo sexual. Según la Red Sin Violencia LGBTIQ+, entre 2022 y 2024 se documentaron homicidios de trabajadoras sexuales LGBTIQ+ en ocho países de la región,y los países con más casos registrados fueron México, Colombia y Perú (Red Sin Violencia LGBTIQ+, 2025b). La misma fuente advierte que estas violencias están atravesadas por estigma, precarización, abuso de autoridades, falta de reconocimiento legal del trabajo sexual, migración y control territorial de grupos criminales. En estos casos, el retroceso no siempre adopta la forma de una prohibición expresa. A veces aparece como omisión, negligencia, falta de protocolos, falta de datos o incapacidad para garantizar protección y justicia.


Esta forma de abandono estatal-institucional también se traslada al acceso a servicios públicos básicos, especialmente cuando el Estado no garantiza rutas claras de atención, protección y reconocimiento para las personas LGBTIQ+. En el ámbito de la salud, esa ausencia se expresa en protocolos insuficientes, personal poco capacitado y marcos administrativos que pueden reproducir estigmas en lugar de reducirlos. PROMSEX ha advertido que, entre 2024 y 2025, se aprobaron medidas restrictivas contra personas trans y se reinstalaron categorías patologizantes en el sistema de salud, lo que generó cuestionamientos desde organizaciones de derechos humanos. Esto muestra que la discriminación no opera únicamente en el discurso político o legislativo, sino también en documentos, protocolos y prácticas cotidianas de las instituciones públicas. Cuando una institución sanitaria trata una identidad como problema, no solo produce una barrera administrativa; también habilita formas de trato desigual que afectan la confianza, la continuidad de la atención y el acceso digno a la salud. Por ello, la deuda estatal no se limita a reconocer derechos en abstracto, sino a garantizar servicios públicos capaces de atender sin patologizar, excluir ni revictimizar.

La evidencia social confirma que la discriminación sigue siendo una experiencia cotidiana. Según la Primera Encuesta Virtual para Personas LGBTI del INEI, el 56,5 % de participantes manifestó temor de expresar su orientación sexual o identidad de género. Las principales razones fueron el miedo a ser discriminadas o agredidas, el temor a perder a la familia y el riesgo de perder el trabajo u oportunidades laborales (INEI, 2018). Todos estos datos permiten entender por qué el Mes del Orgullo sigue siendo necesario. No responde a una supuesta “excesiva visibilidad”, sino a una realidad en la que muchas personas aún calculan cuándo, dónde y frente a quién pueden existir sin exponerse a violencia, rechazo o exclusión. En ese sentido, desplazar simbólicamente el Orgullo bajo una denominación estatal de familia no es un gesto menor. Refuerza la idea de que algunas formas de vida merecen celebración pública y otras deben seguir justificando su presencia.

La declaración de junio como “Mes de la Vida y la Familia” no debe analizarse como una simple coincidencia de calendario. Su sentido político se entiende mejor cuando se observa el conjunto de retrocesos que atraviesan a la comunidad LGBTIQ+ en el Perú: desde el debilitamiento del enfoque de género y la ausencia de una ley de identidad de género, hasta las restricciones contra personas trans, la falta de reconocimiento familiar, el subregistro de la violencia y las barreras persistentes en salud y justicia. En ese contexto, el problema no es que el Estado hable de familia; el problema es que lo haga mientras niega reconocimiento pleno a muchas familias y vidas que ya existen.
El verdadero reto no es escoger entre Orgullo y familia
El reto es construir un Estado que entienda que no hay familia democrática sin igualdad, no hay vida digna sin reconocimiento y no hay política pública legítima si se sostiene en la exclusión. Junio debe seguir siendo un mes de memoria, visibilidad y exigencia. Porque allí donde se intenta desplazar el Orgullo, también se revela cuánto falta para que todas las personas puedan vivir, amar, cuidar, transitar y formar familia sin pedir permiso.
Bibliografía




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